REDUCCIONES PARA EL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA 2024
Hasta el ejercicio 2023 la ley de IRPF permite aplicar sobre los rendimientos netos procedentes del arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda una reducción del 60%. A partir del 2024, la Ley 12/2023, de 24 mayo por el derecho a la vivienda, ha introducido cambios en relación con dicho porcentaje siempre que cumplan unos determinados requisitos. La reducción podrá ser:
En contratos celebrados desde el 01/01/2024:
90% Cuando se formalice un nuevo contrato sobre una vivienda en una zona de mercado residencial tensionada, con una reducción de al menos un 5% sobre la renta del contrato anterior.
70% Alquiler por primera vez de viviendas en zona de mercado residencial tensionado a jóvenes entre 18 y 35 años, o bien, se trate de vivienda asequible incentivada o protegida, arrendada a la Administración pública o entidades del tercer sector o de la economía social que tengan la condición de entidades sin fines lucrativos o acogida a algún programa público de vivienda que limita la renta del alquiler.
60% Cuando la vivienda hubiera sido objeto de una actuación de rehabilitación que hubiera finalizado en los dos años anteriores a la fecha de celebración del contrato.
50% En cualquier otro caso. (antes 60%)
Dichos requisitos se tendrán que cumplir en el momento de la celebración del contrato de arrendamiento y la reducción será aplicable mientras se sigan cumpliendo.
La modificación de dicha normativa y su aplicación dependerá de cada Comunidad en las que tenga o no lugar la declaración de zona de mercado residencial tensionada ya que es competencia de cada Comunidad Autónoma solicitarla a las Administraciones competentes en materia de vivienda.
Dicha modificación entra en vigor el 01/01/2024, por lo tanto para todos los contratos celebrados con anterioridad a su entrada en vigor le será de aplicación el 60%.