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10 desembre 2020

NOVEDADES DEL PROYECTO DE LEY DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO APROBADO POR EL CONGRESO PARA EL AÑO 2021

 

El pasado 3 de diciembre se aprobó por parte del Congreso de los Diputados el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2021. Tras esta aprobación, el Proyecto pasa a su discusión al Senado previo paso para su promulgación como ley.

Puesto que se prevé su aprobación y a la espera de la misma, pasamos a enumerar las principales novedades que contienen:

 

  1. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

 

  • Se modifica el precepto de la Ley 27/2024 (LIS) que regula la exención sobre dividendos y rentas positivas derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades residentes y no residentes en territorio español a partir del 1/01/2021. Así a estas rentas habrá que restarle un 5% fijo en concepto de gastos de gestión, por lo que resultará exento el 95% de dicha renta (en lugar del 100% como hasta ahora. Se modifica en el mismo sentido el artículo que regula la eliminación de la doble imposición económica internacional en los dividendos procedentes de entidades no residentes en territorio español.
  • Se elimina la doble imposición en la percepción de dividendos o participaciones en beneficios y de rentas derivadas de la transmisión.
  • Se modifica el artículo 16.1, estableciendo que los gastos financieros netos serán deducibles con el límite del 30 por ciento del beneficio operativo del ejercicio, entendiéndose como tales, el exceso de los gastos financieros respecto de los ingresos derivados de la cesión a terceros de capitales propios devengados en el período impositivo, excluidos aquellos gastos a que se refieren las letras g), h) y j) del artículo 15 de la LIS.

 

  1. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES

 

  • Se podrán acoger a la exención por intereses y demás rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios, y por ganancias patrimoniales derivadas de bienes inmuebles obtenidos sin establecimiento permanente los países que forman parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
  • Se modifica la exención relativa a los beneficios distribuidos por las sociedades filiales residentes en territorio español, de manera que, al igual que en el Impuesto sobre sociedades sólo resultará exento el 95% de dichos beneficios.

 

  1. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (LEY 35/2006):

 

  • Se incluye un tramo en la base liquidable general que supone la tributación al 24,50% a partir de 300.000€. Se introduce también un nuevo tipo en la base imponible del ahorro por el que la tributación será del 26% para las rentas superiores o iguales a 200.000€.
  • Se reduce el límite general para las reducciones por aportaciones y contribuciones a planes de pensiones u otros sistemas de previsión social, que pasa de 8.000€ a 2.000€. Este límite se incrementará en 8.000 euros, siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales.
  • Se alarga para 2021 el régimen transitorio que delimita la tributación por estimación objetiva.

 

  1. IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO. Se aumenta el tipo de gravamen aplicable al último tramo, que pasa de 2.5 % a 3.5%. y se establece con carácter indefinido, el mantenimiento de este impuesto.

 

  1. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Aumenta el tipo impositivo aplicable a las bebidas que contienen edulcorantes añadidos, que pasa del 10 % al 21%.

 

  • Se prorrogan para el ejercicio 2021 los límites para tributar por el régimen simplificado y por el régimen de ganadería, agricultura y pesca.
  • Se modifica el art. 70 de la Ley 37/1992 del Impuesto en lo referente a la localización de determinadas prestaciones de servicios a clientes no comunitarios, cuando su explotación o uso se lleven a cabo en ese territorio, para excluir de su aplicación a las Islas Canarias, Ceuta y Melilla.

 

Os dejamos el link de consulta del Anteproyecto de Ley: https://www.sepg.pap.hacienda.gob.es/Presup/PGE2021Proyecto/MaestroTomos/PGE-ROM/doc/L_21_A_1.PDF

 

Escrito por: María Pérez