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23 setembre 2022

OBLIGATORIEDAD DE DIRECCION ELECTRÓNICA VIAL PARA LAS PERSONAS JURÍDICAS (DEV).

 

La Dirección General de Tráfico (DGT), en finalización con el proceso de adaptación de obligatoriedad que mantienen las personas jurídicas, de relacionarse con las Administraciones públicas de forma telemática, a partir del 1 de noviembre de 2022 dejará definitivamente de enviar sus notificaciones en papel y pasará a notificar a las personas jurídicas sólo de forma electrónica a través de la DIRECCION ELECTRÓNICA VIAL (DEV).

La DEV es un domicilio electrónico en el que se reciben las notificaciones de la DGT, así como las Administraciones con competencia sancionadora en materia de tráfico, que estén adheridas a este sistema de notificaciones.

Todas las personas jurídicas  que sean propietarias de vehículos, si no se han dado de alta voluntaria, deberán dar de alta el nuevo buzón DEV. Para ello es necesario disponer de un certificado digitar en vigor y configurar el buzón para poder recibir los avisos de puesta a disposición de las notificaciones (correo electrónico o móvil), ya que las mismas surtirán efecto en un plazo máximo de 10 días naturales de su depósito en el buzón.  Si no están dados de alta en la DEV a partir de la indicada fecha, se les asignará de oficio una dirección electrónica vial donde depositarán las notificaciones y la Administración desconocerá el correo o teléfono móvil para enviar los avisos.

La gestión del alta en la DEV, lectura, firma y descarga de las notificaciones depositadas en la DEV deberá ser realizada directamente por  cada contribuyente. Se puede encargar la gestión existiendo un Registro de Apoderamientos específico de la DGT.

Para más información sobre la DEV puede consultar el siguiente enlace de la sede electrónica de la DGT:

https://sede.dgt.gob.es/es/otros-tramites/direccion-electronica-vial/

Escrito por: Antonia Torrens