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22 October 2021

NUEVA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA HABILITADA única (DEHú)

Desde la puesta en marcha del sistema de Notificaciones Electrónicas Obligatorias (año 2011) y hasta la fecha, la Agencia Tributaria (AEAT) ponía a disposición de los ciudadanos obligados a ello o que voluntariamente se adhiriesen sus notificaciones o comunicaciones en la Dirección Electrónica Habilitada (DEH), pudiendo acceder a las mismas a través de la administración General del Estado (notificaciones.060.es), en la propia Sede electrónica de la Agencia Tributaria o en la Carpeta Ciudadana.

Pues bien, a partir del 06-09-2021, las notificaciones y comunicaciones realizadas por la Agencia Tributaria (AEAT) se envían y estarán disponibles en la Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú), en la propia Sede electrónica de la Agencia Tributaria o en la Carpeta Ciudadana.

Se podrá acceder en la DEHú por dos vías:

– A través del portal (https://se-dehu.redsara.es)

– A través de servicios web para la descarga masiva de notificaciones ofrecido por la DEHú.

Con el propósito de poder adaptarse al nuevo portal, se ha abierto un periodo transitorio que finaliza el 4 de abril de 2022 en el cual la AEAT enviará las notificaciones a ambas direcciones DEH y DEHú. Cuando finalice este periodo la AEAT dejará de enviar sus notificaciones y comunicaciones a la DEH.

En la nueva DEHú se facilita a los ciudadanos la puesta a disposición, acceso y comparecencia a sus notificaciones y/o comunicaciones emitidas por los diferentes Organismos Emisores de las Administraciones Públicas (no sólo de la AEAT). Desde el mismo, los usuarios podrán gestionar las notificaciones que aún estén pendientes de comparecer, consultar notificaciones que ya hayan sido comparecidas y consultar y/o leer sus comunicaciones.

Al igual que sucede con el buzón 060,  para acceder a la nueva dirección es necesario disponer de un certificado electrónico, Cl@ve PIN o clave permanente y configurar el perfil del buzón (DEHú), consignando una cuenta de correo electrónico personal en la que, de forma no vinculante, se avisará de la puesta a disposición de las nuevas comunicaciones y notificaciones realizadas de cualquier Organismo.

También está previsto que el acceso puedan hacerlo, además de los obligados tributarios, las personas que actúen como sus representantes y cuenten con la correspondiente inscripción en el Registro de Apoderamientos de la Agencia Tributaria, contando, por tanto, con poder expreso para recibir notificaciones telemáticas de la Agencia Tributaria (AEAT) ya que para poder acceder a las notificaciones del resto de Organismos no sirve el apoderamiento conferido para la AEAT, debiendo disponer de certificado electrónico propio u otorgar APODERAMIENTO GENERAL para todos los trámites y actuaciones por medios electrónicos que se puedan apoderar dependiendo de las diferentes Administraciones Públicas y/o sus organismos públicos vinculados o dependientes o realizar APODERAMIENTOS específicos para uno o varios trámites ante el Registro Electrónico de Apoderamiento (REA) acceso  (https://sede.administracion.gob.es/apodera/clave.htm)

 

Escrito por: Antonia Torrens