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03 juliol 2020

Continuación de las medidas de apoyo y de cese de actividad de autónomos

 

El Real Decreto Ley 24/2020 , de 26 de junio establece la fórmula para continuar con las Medidas de apoyo y las ayudas por cese de actividad de autónomos.

Este Real Decreto establece las medidas siguientes:

1.TODOS los trabajadores autónomos que vinieran percibiendo la prestación extraordinaria por cese de actividad tienen derecho a una exención de las cuotas de Seguridad social por los siguientes porcentajes:

a) 100 por cien de las cotizaciones correspondientes al mes de julio.

b) 50 por ciento de las cotizaciones correspondientes al mes de agosto.

c) 25 por ciento de las cotizaciones correspondientes al mes de septiembre

2. Se establece una nueva prestación por cese de actividad,  pensada para aquellos trabajadores autónomos que venían percibiendo la anterior prestación extraordinaria. Esta prestación exige, además de los requisitos previstos en la Ley General de la Seguridad Social, acreditar una reducción en la facturación durante el tercer trimestre del año 2020 de al menos el 75 por ciento en relación con el mismo periodo del año 2019, así como no haber obtenido durante el tercer trimestre de 2020 unos rendimientos netos superiores a 5.818,75 euros.

Para determinar el derecho a la prestación mensual se prorratearán los rendimientos netos del trimestre, no pudiendo exceder de 1.939,58 euros mensuales. En el caso de los trabajadores autónomos que tengan uno o más trabajadores a su cargo, deberá acreditarse al tiempo de solicitar la prestación el cumplimiento de todas las obligaciones laborales y de Seguridad Social que tengan asumidas. Para ello emitirán una declaración responsable, pudiendo ser requeridos por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social o por la entidad gestora para que aporten los documentos precisos que acrediten este extremo.

Esta prestación podrá percibirse como máximo hasta el 30 de septiembre de 2020.

Para más información podéis acceder al link del BOE o consultar con nuestros colaboradores de la Gestoría Colom, de cuya página web os adjuntamos link también:

Real Decreto Ley 24/2020: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-6838

Gestoría Colom: https://gestoriacolom.es/

 

Escrito por: Cira Gelabert